Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
09-05-2011

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110509-38

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de Resoluciones de expedientes sancionadores por infracción en materia de protección animal, sanidad animal y vías pecuarias.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de sus destinatarios de las Resoluciones adoptadas por el Director General del Medio Ambiente, de los procedimientos sancionadores que se relacionan en el Anexo, iniciados al efecto por infracciones administrativas a la normativa vigente en materia de protección animal, sanidad animal y vías pecuarias,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).

Las Resoluciones sancionadoras no ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la presente publicación, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio o ante el Director General del Medio Ambiente (calle Alcalá, número 16, 28014 Madrid), o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo previsto en los artículos 107, 114 y 115 de dicha Ley.

En el supuesto de que no se interponga el referido recurso, puede hacerse efectivo el importe de la multa mediante ingreso directo en la cuenta restringida número 2038/1031/6400007120, denominada “Otras sanciones-Sanciones Sanidad Animal”, de la Comunidad de Madrid, si su expediente corresponde a Protección Animal (PA, BAD) o a Sanidad Animal (AG-D), o en la cuenta restringida número 2038/1031/56/6400007354, denominada “Sanciones Vías Pecuarias”, Comunidad de Madrid, si su expediente corresponde a Vías Pecuarias (V.PEC), abierta en la oficina de “Caja Madrid”, paseo de las Delicias, número 6, de esta capital, haciendo referencia al número de expediente reseñado en el Anexo.

El justificante o resguardo del ingreso deberá remitirse o presentarse en el plazo de diez días siguientes al mismo, a la Dirección General del Medio Ambiente (Sección de Expedientes Sancionadores), ronda de Atocha, número 17, quinta planta, para su debida constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito imprescindible.

Asimismo, se informa de que el interesado puede solicitar en el plazo señalado anteriormente un fraccionamiento de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley General Tributaria, y en los artículos 44 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, le informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid), a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 25 de marzo de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 14 de mayo de 2009), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN

Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción administrativa. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia

Francisco Javier García Urbanos. — 46835148-H. — Avenida de la Constitución, 88, portal 2, primero B, 28820 Coslada (Madrid). — PA-80/10. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 24.1.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como leve, y dos infracciones administrativas tipificadas en los artículos 24.2.c) y 24.2.d) de la misma Ley, calificadas como graves. — Director General del Medio Ambiente, artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Aarón Motos García. — 51003288-Y. — La Campiña, 14, 28053 Madrid. — PA-86/10. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 24.2.c) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como grave. — Director General del Medio Ambiente, artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Silvano Osmanovic. — X-4598944-W. — Isla de Tabarca, 46, 28035 Madrid. — PA-112/10. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, Reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, calificada como muy grave. — Director General del Medio Ambiente, artículo 13.7 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, Reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Humalval Mascotas, Sociedad Limitada. — B-85211589. — Avenida de Europa, sin número, 28922 Alcorcón (Madrid). — PA-119/10. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 24.2.d) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como grave. — Director General del Medio Ambiente, artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Canina Gallocanta, Sociedad Limitada. — B-85805208. — Lope de Figueroa, 29, 28804 Alcalá de Henares (Madrid). — PA-121/10. — Una infracción administrativa tipificada en el artículo 24.2.d) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, calificada como grave. — Director General del Medio Ambiente, artículo 29.a) de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Humberto Cayo Ante. — X-5009707-P. — Moralas, 2, escalera D, segundo A, 28770 Colmenar Viejo (Madrid). — V.PEC-13/11. — Artículo 21.4.c) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en relación con el artículo 16 de la misma Ley, y el artículo 43 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, calificada como leve. — Director General de Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55.2.a) de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

(01/1.363/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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