Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
04-05-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110504-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 2

EDICTO

208
Procedimiento 64 de 2011

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 64 de 2011, sobre despidos/ceses en general, a instancias de doña Inmaculada Guadalupe García Campos, contra “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada Laboral”, en la que con fecha 16 de marzo de 2011, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Sentencia número 110 de 2011

En Jerez de la Frontera, a 16 de marzo de 2011.—Vistos por mí, doña Flora Alcázar Benot, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 2 de Jerez de la Frontera, en juicio oral y público los presentes autos sobre despido con el número 64 de 2011 y seguidos a instancias de doña Inmaculada Guadalupe García Campos, asistida por el letrado don Fernando Martín Mora, contra la empresa “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada”, que no comparece, emplazado el Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, y en nombre de Su Majestad el Rey, y por la autoridad que el pueblo español me concede, he pronunciado la presente, a la que son de aplicación el siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Inmaculada Guadalupe García Campos, contra “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado en fecha 31 de octubre de 2010, y al amparo del artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral a la fecha de la presente resolución, con condena a la mercantil demandada al abono de una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, computada hasta la fecha de la presente resolución, cifrada en 8.394,75 euros (salvo error u omisión).

Junto a ello, procede condenar a la demandada al abono de los salarios de tramitación devengados desde el 1 de noviembre de 2010 hasta la presente fecha por importe de 14.497,60 euros (salvo error u omisión).

Y para que sirva de notificación en forma a “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada Laboral”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.804/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110504-208