Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
02-05-2011

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110502-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Aldesa Construcciones, Sociedad Anónima”, y representantes legales de los trabajadores y representante de MCA-UGT (PCM-0501/2010).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de marzo de 2011.—El Director General de Trabajo (PS, Orden 75/2011, de 18 de enero), la Gerente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número PCM-0501/2010.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del jueves 7 de octubre de 2010.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don José María Garrido de la Parra.

Vocal: Don Alberto Trigo Sánchez.

Vocal: don José María Moreno-Yagüe Macías.

Vocal: don Pedro Baena Pérez.

Secretaria: doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha lunes 20 de septiembre de 2010, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Doña Esther Duarte i Macarro, en calidad de directora Recursos Humanos.

“Aldesa Construcciones, Sociedad Anónima”, domiciliada en la calle de Pollensa, número 13, Madrid, como empleadora.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Manuel Montoya Ortega, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Francisco Javier Recuero Blasco, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña María José Romero López, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Juan Carlos Reyes Rodríguez, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don José Luis Chifón Mena, en calidad de representante de MCA-UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación legal de los trabajadores de “Aldesa Construcciones”

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. La empresa facilitará a la representación legal de los trabajadores la documentación económica que establece el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores y semestralmente tendrá una reunión con estos a fin de evaluar la situación económica.

2. La empresa garantizará que no existan agravios comparativos por tratos de favor.

3. Cuando por necesidades del servicio se exceda del tope autorizado para la tarjeta Solred, la empresa autorizará esa ampliación.

4. Las medidas de modificación aplicadas por la empresa se repondrán a los trabajadores afectados una vez la situación económica de esta alcance los niveles de 2007.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez cuarenta y cinco horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

(03/13.655/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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