Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 102

Fecha del Boletín 
02-05-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110502-38

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

38
Ejecución 61 de 2011

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 61 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosana Valeria Brítez Bogado, contra la empresa “Colón y Mateos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Auto

En Madrid, a 28 de marzo de 2011.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución solicitada por doña Rosana Valeria Brítez Bogado, contra “Colón y Mateos, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.089,53 euros de principal, más 108 euros y 108 euros para costas e intereses que se fijan respectiva y provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Colón y Mateos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de marzo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.764/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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