Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2011

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110430-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “BB Serveis” (Mancomunidad Sierra Norte) y representante de la Federación AA DD-CC OO y representante de FSP UGT (PCM-0558/2010).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de marzo de 2011.—El Director General de Trabajo (PS, Orden 75/2011, de 18 de enero), la Gerente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número PCM-0558/2010.

En Madrid, a las once y quince horas del jueves 11 de noviembre de 2010.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don José Luis García Martínez.

Vocal: Don Federico Roncal Serra.

Vocal: Don Mariano López de Ayala Genovés.

Vocal: Doña Olga Gutiérrez Alonso.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 2 de noviembre de 2010, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don José Ramón García Reíllo, en calidad de representante legal.

“BB Serveis” (Mancomunidad Sierra Norte), domiciliada en la calle Gran Vía de les Corts Catalans, número 581, sexto B, Barcelona, como empleados.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña Visitación García Lamas, en calidad de representante Federación AA DD-CC OO de Madrid.

Doña María del Carmen López Lucas, en calidad de representante de FSP UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Jesús Ángel Belves Rocha, como representante de la Federeación de AA DD de CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

Regular todos los contratos semanalmente, de forma que se procede a dividir las horas contratadas al mes a fin de repartir semanalmente la jornada. Las décimas de minutos sobrantes, se ejecutarán a la alza o a la baja, dependiendo de que los decimales salgan hacia arriba o debajo de la media.

El tiempo de desplazamiento se cuenta dentro del tiempo de servicio al usuario, contemplando en cada servicio diez minutos de desplazamiento para la trabajadora, que se quitan a cuenta de cada usuario y de su tiempo de servicio. Si el desplazamiento invertido fuese mayor de los diez minutos contemplados, la empresa añadirá este tiempo a su coste, abonando en la nómina de la trabajadora el exceso producido.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once cuarenta y cinco horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/13.674/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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