Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110429-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Procedimiento ordinario 1.709 de 2008

En el procedimiento ordinario número 1.709 de 2008 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 56 de 2011

En Madrid, a 16 de marzo de 2011.

Doña Pilar López Asensio, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.709 de 2008, a instancias de doña María del Carmen Vigara Bueno, don José Antonio Refojo Juárez, don Fernando Fuentes Tabero y doña María Jesús López Abad, representados por el procurador don Julián Sanz Aragón y asistidos por el letrado don Basilio Casanueva Navarro, contra “Delos Center, Sociedad Limitada”, sobre juicio ordinario, ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por doña María del Carmen Vigara Bueno, don José Antonio Refojo Juárez, don Fernando Fuentes Tabero y doña María Jesús López Abad, contra “Delos Center, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que realice las actuaciones necesarias, a fin de que las limitaciones y cargas consecuencia del acuerdo de explotación suscrito entre la demandada y “Vera Playa Vacaciones, Sociedad Limitada”, se eliminen respecto a los actores, para que puedan utilizar la piscina y demás instalaciones construidas en las zonas comunes, debiendo abonar en concepto de indemnización de daños y perjuicios a doña María del Carmen Vigara Bueno, don José Antonio Refojo Juárez y don Fernando Fuentes Tabero la cantidad de 6.480 euros a cada uno de ellos, y a doña María Jesús López Abad 5.400 euros, y para el caso de que no pudiere la demandada cumplirlo, deberá indemnizar a cada uno de los demandantes con 27.000 euros. Las costas deberán ser abonadas por el demandado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe en Madrid.

Se notifica la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días, debiendo depositar 50 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado, en la entidad “Banesto”, oficina 1845, CCC 2434-0000-00-****-**, correspondiendo el resto de los seis números últimos al número y año de procedimiento, indicando que es para recurrir.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Delos Center, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 22 de marzo de 2011.—El secretario (firmado).

(02/3.640/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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