Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110421-27

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

27
Juicio de faltas 951 de 2009

Doña María de los Ángeles Manzano Paule, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 951 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 951 de 2009, sobre lesiones, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Miguel Ángel Aseroy Valor, y como denunciado, don Alan Betz.

Que debo condenar y condeno a don Alan Betz, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de cuarenta días, con cuotas diarias de 7 euros, y al pago de las costas procesales si procediere su devengo, por conceptos necesarios, y a que indemnice a don Miguel Ángel Aseroy, en la persona de su representante legal, en la cantidad de 30 euros por cada uno de los treinta días que estuvo impedido.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alan Betz Rodríguez expido la presente en Madrid, a 25 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/12.633/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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