Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110420-147

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Ejecución 236 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 236 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Luzmara Aguilar Domínguez, contra don Jesús Pascual Alarcón Saiz, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que tuvo entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando la ejecución de la sentencia de fechas 9 de octubre y 2 de noviembre de 2009.—Doy fe.

Auto

El magistrado-juez de lo social.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 2 de noviembre de 2010 a favor de la parte ejecutante doña Luzmara Aguilar Domínguez, frente a la parte ejecutada don Jesús Pascual Alarcón Saiz, por un principal de 1.841,96 euros, más la cantidad de 110,52 euros de intereses, y 184,20 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de don Jesús Pascual Alarcón Saiz, designados por la ejecutante, en concreto, los bienes que se encuentren en el domicilio del ejecutado, librándose al efecto testimonio de la presente resolución, con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá la presente resolución de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Requerir a don Jesús Pascual Alarcón Saiz, a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor que les consten.

Diligencia.—En Madrid, a 22 de marzo de 2011.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha tenido entrada el anterior despacho de la Agencia Tributaria, siendo negativo, ha tenido entrada el anterior, que se procede a unir a los autos de su razón.

Asimismo, ha tenido entrada el anterior despacho procedente del Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad, que indica que hay bienes susceptibles de ser embargados en el Registro de la Propiedad número 31 de Madrid. Únase a los autos.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 22 de marzo de 2011.

Visto el contenido de la diligencia que antecede, únanse a los autos de su razón y remítase mandamiento al Registro de la Propiedad número 31 de Madrid, para que informe a este Juzgado sobre los posibles bienes o derechos del ejecutado mencionado de los que tenga constancia, en especial los relativos a la descripción, titularidad y cargas de dichos bienes.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Jesús Pascual Alarcón Saiz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de marzo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.482/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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