Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110419-256

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

256
Demanda 1.059 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.059 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Adalid Leiva, contra la empresa “Alcalá Clima, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 103 de 2011

En Madrid, a 4 de marzo de 2011.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Rafael Adalid Leiva, que comparece asistido de la letrada doña Clara Argentina Tomás Azorín, y de otra, como demandada, “Alcalá Clima, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por don Rafael Adalid Leiva, contra “Alcalá Clima, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y debo declarar y declaro resuelta la relación laboral con esta fecha, condenando a la parte demandada a abonar al actor 7.604,54 euros de indemnización, así como 11.310,55 euros de salarios de tramitación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alcalá Clima, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.241/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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