Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110415-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Demanda 773 de 2010

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 773 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel González Álvarez y don Wilson Gil Benítez, contra la empresa “Admyser Redondo 2005, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por don Miguel González Álvarez y don Wilson Gil Benítez, contra “Admyser Redondo 2005, Sociedad Limitada”, vengo a condenar a la empresa “Admyser Redondo 2005, Sociedad Limitada”, a satisfacerles, por los conceptos de la demanda, las siguientes cantidades, con más el 10 por 100 de mora respecto de los conceptos salariales.

A don Miguel González Álvarez: 4.881,35 euros, de los cuales 749,25 euros corresponden a indemnización.

A don Wilson Gil Benítez: 4.393,79 euros, de los cuales 683,16 euros correspondientes a indemnización.

Condenando al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha condena.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Admyser Redondo 2005, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.740/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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