Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110415-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Demanda 1.056 de 2010

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.056 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Guillermo Corominas Gajardo y don Pier Andrés Rojas Bermúdez, contra la empresa “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 100 de 2011

En Madrid, a 7 de marzo de 2011.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandantes, don Guillermo Corominas Gajardo y don Pier Andrés Rojas Bermúdez, que comparecen, y de otra, como demandados, don Pablo Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín, “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Guillermo Corominas Gajardo y don Pier Andrés Rojas Bermúdez, frente a “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido impugnado y, asimismo, extinguidas las relaciones laborales habidas entre las partes, condenando a la demandada a que abone a los actores las siguientes cantidades:

A don Guillermo Corominas Gajardo: indemnización, 1.462,50 euros; salarios de tramitación, 10.702,51 euros.

A don Pier Andrés Rojas Bermúdez: indemnización, 4.566,25 euros; salarios de tramitación, 10.702,51 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Implanta Alternativas de Protección, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 7 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.516/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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