Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2011

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110413-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Undécima

92
Recurso de apelación 641 de 2007

Doña Amalia Marcos Andrés, secretaria de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta sección y con el número de rollo 641 de 2007, se siguen en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 884 de 2004, procedentes del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, seguidos a instancias de don Daniel Ortega del Cura y dona Juan Martínez Salcedo, contra la comunidad de propietarios “El Mirador de las Encinas”, fase IV, de Villaviciosa de Odón, “Jarpis, Sociedad Limitada”, y “Fomento Inmobiliario Fomin, Sociedad Limitada”, sobre reclamación por vicios constructivos y en el cual habiendo sido magistrado-ponente don Félix Almazán Lafuente, se ha dictado con fecha 16 de abril de 2010 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que con desestimación de los recursos de apelación formulados por la procuradora doña Susana Linares Gutiérrez, en representación del arquitecto superior don Juan Martínez Salcedo y pro la procuradora doña María Eugenia Fernández Rico-Fernández, en nombre del arquitecto técnico don Daniel Ortega del Cura, ambos contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, en fecha 23 de marzo de 2007, en el juicio ordinario de referencia, debemos confirmar y confirmamos la referida resolución; todo ello con imposición a los apelantes, de las costas causadas por sus respectivos recursos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia con copia certificada de la presente resolución.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—Siguen firmas ilegibles.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y notificación en forma a la empresa apelada no comparecida “Fomento Inmobiliario Fomin, Sociedad Limitada”, de la que se desconoce su domicilio social actual, y a la que se hace saber que contra la sentencia dictada no cabe la interposición de recurso ordinario, sin perjuicio de la utilización de aquellos que se crean asistidas las partes y para cuyo ejercicio se hallen debidamente legitimados, se expide el presente en Madrid, a 16 de diciembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/12.736/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110413-92