Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110407-255

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

255
Demanda 528 de 2010

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado de lo social a instancias de don Wílliam Fabián Asmal Acurio, don Alí Bouayad El Moussqui, don Abdelkarim Azhereiou, don David Barroso Moracho, don Segundo José Cando Samaniego, don Iván García Curiel, don Edwin Javier García Ros, don José Manuel Morgade Moreira, don Ferney Murillo, don Abdelmajid Oudled Alí, don Diego Xavier Quinchimbo Balcázar, don Emilio Sierra Hoyos, don Tomás Sanz Prieto y don Francisco Javier Barroso Jiménez, contra “Hierros Fuente el Saz, Sociedad Limitada”, y “Fuensaz, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registrado con el número 528 de 2010 y acumulado número 690 de 2010, se ha dictado sentencia del tenor que consta en la copia que se adjunta:

Sentencia número 691 de 2010

En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social del número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-528 de 2010 y acumulados número 690 de 2010, seguidos a instancias de don Wílliam Fabián Asmal Acurio, don Alí Bouayad El Moussqui, don Abdelkarim Azhereiou, don David Barroso Moracho, don Segundo José Cando Samaniego, don Iván García Curiel, don Edwin Javier García Ros, don José Manuel Morgade Moreira, don Ferney Murillo, don Abdelmajid Oudled Alí, don Diego Xavier Quinchimbo Balcázar, don Emilio Sierra Hoyos y don Tomás Sanz Prieto, representados por don José Manuel Morgade Moreira, y don Francisco Javier Barroso Jiménez, que comparecen asistido del letrado don Mario Guillermo Reneses Bárcena, y de la otra, como demandada, “Hierros Fuente el Saz, Sociedad Limitada”, representada por don Rafael Alba Espinosa y asistida de letrada doña Beatriz Margarita Bernal Gaipo; “Fuensaz, Sociedad Limitada”, y don Pedro Suárez Llanio, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre cantidad, en nombre del Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando como estimo, en parte, la demanda de cantidad formulada por los actores que a continuación se cita contra “Hierros Fuente el Saz, Sociedad Limitada”, y “Fuensaz, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno de forma solidaria a ambas demandadas al pago a los actores de las siguientes cantidades, que se incrementarán en un 10 por 100 de mora:

A don Wílliam Fabián Asmal Acurio: 5.471,80 euros.

A don Alí Bouayad El Moussqui: 7.026,39 euros.

A don Abdelkarim Azhereiou: 6.300,86 euros.

A don David Barroso Moracho: 2.930,06 euros.

A don Segundo José Cando Samaniego: 5.427,74 euros.

A don Iván García Curiel: 7.125,98 euros.

A don Edwin Javier García Ros: 7.131,08 euros.

A don José Manuel Morgade Moreira: 7.223,17 euros.

A don Ferney Murillo: 5.737,20 euros.

A don Abdelmajid Oudled Alí: 5.189,87 euros.

A don Diego Xavier Quinchimbo Balcázar: 7.410,03 euros.

A don Emilio Sierra Hoyos: 8.512,52 euros.

A don Tomás Sanz Prieto: 8.637,43 euros.

A don Francisco Javier Barroso Jiménez: 4.274,11 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hierros Fuente el Saz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 8 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.381/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110407-255