Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110407-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

165
Ejecución 6 de 2011

Doña María José Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 6 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María García Barrios Barragán, contra don Luis Rodríguez García y “Transporte Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 6 de octubre de 2010 a favor de la parte ejecutante don José María García Barrios Barragán, frente a “Transporte Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada” por la suma de 3.782,54 euros por principal, más los intereses legales y 378,25 euros y 378,25 euros provisionalmente calculados para intereses y costas.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “Transporte Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, y don Luis Rodríguez García a fin de que en el plazo de diez días manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrán ser sancionados, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluyan en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptibles reembargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérseles también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la averiguación de bienes de los ejecutados por medio del Punto Neutro Judicial.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Transporte Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada” y don Luis Rodríguez García, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Proceder al embargo de bienes de los ejecutados en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de ésta.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Luis Rodríguez García, y “Transporte Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.562/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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