Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2011

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110407-36

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

36
AVISO de la Dirección General del Medio Ambiente relativo a la toma de posesión de las fincas de reemplazo de la concentración parcelaria de la zona de Villamanrique de Tajo (Madrid).

Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria de Villamanrique de Tajo (Madrid), declarada de utilidad pública por Decreto 20/1992, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de fecha de 21 de abril de 1992, y determinado su perímetro de actuación por Orden 3836/2003, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de 11 de junio de 2003, que:

Primero

Conforme dispone el artículo 219 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973, terminada la publicación del acuerdo de concentración parcelaria, la Dirección General del Medio Ambiente, siempre que el número de recursos presentados contra el mismo no exceda del 4 por 100 del número total de propietarios, podrá dar posesión provisional de las nuevas fincas, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen.

Segundo

Que finalizada la publicación de las bases definitivas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 274, de 17 de noviembre de 2004) y el acuerdo de concentración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo de 2007) y habiendo efectuado el replanteo y amojonamiento de las nuevas fincas de reemplazo, esta Dirección General del Medio Ambiente ha resuelto dar la toma de posesión de las fincas de reemplazo, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973.

Tercero

A estos efectos se hace constar que la fecha de toma de posesión será el día siguiente al de la última publicación de este Aviso en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo (Madrid).

Cuarto

Que a tenor de lo dispuesto en ele artículo 221 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo sean puestas a disposición de los propietarios para que tomen posesión de las mismas, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al 2 por 100 entre la cabida de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración. Durante el plazo de estos treinta días para su consulta por parte de los interesados, se expondrá un plano de amojonamiento en el Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo (Madrid).

Quinto

Aquellas parcelas que en el momento de la publicación de este Aviso tengan cosechas pendientes de recolección, se entenderán entregadas a los nuevos propietarios, tan pronto como sea efectuada la recolección de la cosecha de la presente campaña.

Madrid, a 1 de marzo de 2011.—El Director General del Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

(03/12.070/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110407-36