Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110406-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 73

EDICTO

177
Juicio verbal 510 de 2007

En virtud de resolución dictada en estos autos de juicio verbal registrados con el número 510 de 2007 y seguidos a instancias de “Caja de España de Inversiones - Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, se extiende el presente a fin que procedan a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del antecedente y fallo de la sentencia dictada en estos autos el día 18 de junio de 2008, sirviendo esta de notificación de la misma a los demandados don Eduardo Olías Rodríguez, doña Juana Fernández Nicolás y doña Cecilia Olías Fernández.

El fallo de la sentencia es del siguiente tenor literal.

Sentencia número 117 de 2008

En Madrid, a 18 de junio de 2008.—La señora doña María José Romero Suárez, magistrada-juez de primera instancia del número 73 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 510 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “Caja España”, con procuradora doña Olga Gutiérrez Álvarez y letrado don Amalio Miralles Gómez, y de otra, como demandados don Eduardo Olías Rodríguez y doña Juana Fernández Nicolás, sobre reclamación de cantidad; y…

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora doña Olga Gutiérrez Álvarez, en nombre y representación de “Caja España”, contra don Eduardo Olías Rodríguez, doña Juana Fernández Nicolás y doña Cecilia Olías Fernández, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.787,66 euros de principal, más los interesados legales de dicho importe a computar desde la fecha de presentación de la demanda, así como al pago de las costas devengadas en este juicio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El presente edicto será diligenciado por la representación procesal de la parte actora.

Se interesa el deber de colaboración de todas las personas y entidades públicas y privadas con la Administración de Justicia.

En Madrid.—El secretario (firmado).

(02/2.854/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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