Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110406-261

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

261
Demanda 728 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 728 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Serafim Alves Ferreira, contra la empresa “Gandi Innovations BVBA”, “Agfa Gevaert”, “Innovations Holdings LLC” y “Auditores BDO” (don Blair F. Davison), sobre despido, se ha dictado providencia del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 3 de marzo de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para dar cuenta a su señoría del listado de las presentes actuaciones.—Doy fe.

Providencia

Magistrado-juez de lo social, don Ángel Luis del Olmo Torres.—En Madrid, a 3 de marzo de 2011.

Visto el estado de las presentes actuaciones, sin que el ministerio fiscal haya contestado al requerimiento efectuado por este Juzgado, y recordado en fecha 24 de enero de 2011, a fin de que emitiese informe sobre la competencia por razón de la materia y por razón del territorio, se suspenden los actos de conciliacion y/o juicio señalados para el día de hoy, a la espera del informe del ministerio fiscal, y hecho se acordará.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Innovations Holdings LLC”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.322/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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