Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110405-272

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

272
Demanda 183 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 183 de 2011-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Valdivieso Segovia, contra don José Luis Yus Respaldiza, “Ega System, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Móstoles, a 8 de marzo de 2011.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 20 de julio de 2011, a las diez y cuarenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la primera planta, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados.

Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admitan por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, y que la incomparecencia injustificada de los demandados no impedirá la celebración del juicio.

Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.

En relación al interrogatorio de las partes: ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y la hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

En relación con la documental solicitada: ha lugar y se requiere a la empresa demandada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda, únicamente en el punto a).

En relación con el punto 3 del segundo otrosí digo de la demanda, y dado que la parte actora puede solicitar al Juzgado de lo social número 2, en los autos número 1.554 de 2009, los testimonios de los particulares relacionados con los hechos de la presente demanda que quiera aportar a este procedimiento, no ha lugar a dicha solicitud, sin perjuicio de que la parte interesada lo solicite ante el Juzgado de lo social número 2.

Se acuerda devolver el poder notarial para pleitos al letrado del actor.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, y con las exenciones establecidas en la Ley.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ega System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 8 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.124/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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