Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Organismo Autónomo Madrid Salud

Subdirección General de Gestión Económico Administrativa

Unidad Técnica de Procedimiento y Asuntos Generales

37
Notificación acuerdos inicio expedientes sancionadores materia salud pública e higiene

Según lo previsto en el artículo 59.5, en concordancia con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el gerente de Madrid Salud ha resuelto notificar mediante la inserción de anuncio los acuerdos de inicio de expedientes sancionadores por infracción en materia de salud pública e higiene que se relacionan.

Los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones, presentar documentos y proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes. Los mismos se presentarán conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y deberán dirigirse a Madrid Salud, Subdirección General de Servicios Administrativos, sita en la calle Juan Esplandiú, números 11-13, donde asimismo podrán solicitar vista del expediente.

Interesado. — Número de expediente. — Fecha de infracción. — Normativa infringida. — Sanción prevista

Del Rimm, Sociedad Limitada. — 207/2010/3626. — 23 de noviembre de 2010. — Artículo 144.2 de la Ley 12/2001. — 1.500 euros.

Madrid, a 11 de marzo de 2011.—El subdirector general de Gestión Económico Administrativa, Rafael Ruiz Badiola.

(02/2.634/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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