Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

116
Demanda 1.077 de 2009

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.077 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Gutiérrez Hernández, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y “Compañía Internacional de Coches Camas, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 574 de 2010

En Madrid, a 30 de noviembre de 2010.—Don Segismundo Crespo Varela, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social, entre partes: de una, y como demandante, doña Ana Belén Gutiérrez Hernández, que comparece asistida por la letrada doña Eva Domínguez tejeda, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, que comparecen asistidos de la letrada doña María del Pilar Esteban Zaera, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, que comparece representada y asistida por el letrado don Carlos María Pérez-Doldán Suanzes-Carpegna, y “Compañía Internacional de Coches Camas, Sociedad Anónima”, que comparece representada y defendida por la letrada doña Pilar Nuria Quirós Bronet, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que desestimo la demanda interpuesta por doña Ana Belén Gutiérrez Hernández, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, y “Compañía Internacional de Coches Camas, Sociedad Anónima”, en reclamación de la prestación económica de riesgo durante el embarazo, absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas en la demanda.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía Internacional de Coches Camas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.737/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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