Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

131
Demanda 1.241 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.241 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Lucía Blezu, contra don Antonio Baratas Pérez y “Universo Agua, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda de la actora doña Ana Lucía Blezu y declaro improcedente el despido realizado por la demandada con efectos de 31 de julio de 2010.

Asimismo, declaro extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia.

En consecuencia, condeno a la demandada “Universo Agua, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a la trabajadora la cantidad de 4.639,95 euros, en concepto de indemnización, más los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia, que ascienden a 9.235,71 euros.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial que responderá subsidiariamente, hasta el límite legal de las cantidades objeto de condena.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Antonio Baratas Pérez y “Universo Agua, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.883/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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