Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 760 de 2005

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 760 de 2005 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángela Rey Moreno, contra la empresa “Juberoma, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 13 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se acuerda el desarchivo de las mismas a los efectos de que, visto que en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado consta ingresada la cantidad de 228,90 euros de sobrante, se requiera a la empresa “Juberoma, Sociedad Limitada Laboral”, para que en el plazo de diez días recoja el mandamiento de devolución por dicho importe, bajo apercibimiento de proceder a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de depósitos provisionalmente abandonados”, de conformidad con el artículo 14 del Real Decreto 467/2006, que los regula.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Juberoma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.573/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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