Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Demanda 442 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 442 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Julia Martín Fernández, contra la empresa “MB Prevención de Riesgos y Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 22 de 2011

En Madrid, a 24 de enero de 2011.—Don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Julia Martín Fernández, que comparece sin letrado, y de otra, como demandada, “MB Prevención de Riesgos y Consulting, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Julia Martín Fernández, contra “MB Prevención de Riesgos y Consulting, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.643,44 euros, más 10 por 100 de interés por mora sobre la cantidad de 1.944,20 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MB Prevención de Riesgos y Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.689/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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