Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110331-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

162
Procedimiento 56 de 2011

Doña María José Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social del número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 56 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Francisco Lozano León, contra la empresa “Magod Calderería, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto y providencia siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Francisco Lozano León frente a “Magod Calderería, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María José Ramos García.—En Madrid, a 23 de febrero de 2011.

Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, a sentencia de fecha 18 de octubre de 2010, a la empresa “Magod Calderería, Sociedad Limitada”, en favor del demandante, don Francisco Lozano León y, previo a su resolución, se acuerda oir a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, el 4 de abril de 2011, a las nueve y quince horas , que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez, José Luis de Mesa Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Magod Calderería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.108/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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