Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

204
Demanda 1.095 de 2009

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.095 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Errachid Charif, contra las empresas “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, “Silsán Excavaciones, Sociedad Limitada”, “Compañía de Seguros Winthertur”, “Mapfre Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros”, y “Compañía Mapfre Industrial, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo estimar y estimo en parte la demanda formulada por Errachid Charid, contra las empresas “Silsán Excavaciones, Sociedad Limitada”, “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, “Compañía de Seguros Winthertur” y “Compañía de Seguros Mapfre Familiar”, condenando a la empresa “Silsán Excavaciones, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 13.675,88 euros, en concepto de indemnización por el accidente de trabajo acaecido el 3 de julio de 2006, absolviendo a las demás demandadas de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2513, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, “Silsán Excavaciones, Sociedad Limitada”, “Compañía de Seguros Winthertur”, “Mapfre Seguros Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros”, y “Compañía Mapfre Industrial, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.120/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-204