Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110329-275

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

275
Ejecución 199 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 199 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Manuel Graca Da Cruz Tenreiro, contra la empresa “Gardier European Airlines”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de diciembre de 2010.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando la insolvencia provisional de la empresa ejecutada.

Asimismo, se hace constar que no ha lugar a declarar la insolvencia, dado que ha sido declarado concurso de acreedores de la empresa ejecutada.

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 20 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Decretar la suspensión de la presente ejecución.

2. Archivar provisionalmente los autos, pudiendo las partes solicitar su continuación, una vez se dicte resolución que ponga fin al procedimiento concursal seguido contra la ejecutada.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gardier European Airlines”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de marzo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.940/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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