Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110329-348

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 18

EDICTO

348
Despido 816 de 2010

Según lo acordado en los autos número 816 de 2010, seguidos en este Juzgado a instancias de don José Gauto Arzamendía y don Tariq Mahammad, contra “Wasu Builders, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en relación a despido, por el presente se notifica a “Wasu Builders, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 22 de diciembre de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 539 de 2010

En Barcelona, a 22 de diciembre de 2010.—Visto por mí, doña Amparo Illán Teba, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 18 de Barcelona, el presente juicio seguido a instancias de don José Gauto Arzamendía, representado y asistido por el graduado social don José Luis Bautista Quiñones, contra la mercantil “Wasu Builders, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Gauto Arzamendía, contra la empresa “Wasu Builders, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado el 23 de agosto de 2010 y, en consecuencia, declaro la extinción del contrato de trabajo y condeno a la empresa demandada a que abone al actor una indemnización de cuarenta y cinco días de salario por año de servicio, cifrada en el importe de 5.166,94 euros; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Y para que sirva de notificación en forma a la precitada, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Barcelona, a 22 de febrero de 2011.—El secretario judicial, Jesús Solís Aragón.

(03/8.917/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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