Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
28-03-2011

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110328-43

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Resolución por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 134/2011, de 26 de enero, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se estima el recurso de alzada número RA 122.5/08, interpuesto por don Carlos de la Puente Mas, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, de 18 de diciembre de 2007, y se retrotraen las actuaciones en la forma expuesta en la presente Orden.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 134/2011, de 26 de enero, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por don Carlos de la Puente Mas, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de 18 de diciembre de 2007, y se retrotraen las actuaciones en la forma expuesta en la presente Orden; procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de alzada interpuesto por don Carlos de la Puente Mas, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de 18 de diciembre de 2007, dictada en el expediente de ayuda económica AV-4729.4/2007, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Don Carlos de la Puente Mas solicitó subvención por alquiler de vivienda sita en la calle de los Estudiantes, número 17, piso 5, letra A, de Getafe (Madrid). Instruido el oportuno expediente, la Dirección General de Arquitectura y Vivienda dictó Resolución de fecha 18 de diciembre de 2007 denegando la subvención, por incumplimiento del artículo 7.1 de la Orden 1148/2006, de 29 de marzo, al haber transcurrido más de cuatro meses entre la fecha de celebración del contrato de arrendamiento y la solicitud de subvención.

Segundo

Notificada la Resolución anterior, don Carlos de la Puente Mas interpone recurso de alzada en el que solicita la revisión de la resolución, alegando que la solicitud de subvención había sido presentada en plazo.

Tercero

Consta en el expediente que la Dirección General de Arquitectura y Vivienda ha emitido informe por el que se propone estimar el recurso interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de alzada interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

La Orden 1148/2006, de 29 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, establece en su artículo 7.1 que el plazo máximo para solicitar la subvención de alquiler será de cuatro meses a contar desde la fecha de celebración del contrato de arrendamiento.

En el presente caso, el contrato de arrendamiento es de fecha 15 de julio de 2007, tal y como consta en el expediente, por tanto la fecha límite de presentación de la solicitud es de 15 de noviembre de 2007. El recurrente presentó la ayuda en el Ayuntamiento de Getafe el 13 de noviembre de 2007, tal y como se comprueba en la etiqueta del Registro de Entrada, por lo cual está dentro del plazo.

En su virtud, de acuerdo con el informe favorable de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación y de la Intervención Delegada y a propuesta de la Secretaría General Técnica,

DISPONGO

Estimar el recurso de alzada interpuesto por don Carlos de la Puente Mas, contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de 18 de diciembre de 2007, dictada en el expediente de ayuda económica AV-4729.4/2007 y retrotraer las actuaciones para tramitar de nuevo el expediente y comprobar si se cumplen el resto de requisitos.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 23 de febrero de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/10.824/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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