Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110324-179

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

179
Demanda 1.534 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.534 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel García Requena, contra las empresas “Niococir, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 128 de 2011

En Madrid, a 17 de febrero de 2011.—Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Daniel García Requena, que comparece asistido por el letrado don Antonio García Stuyck, y de otra, como demandada, “Niococir, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda de despido a instancias de don Daniel García Requena, frente a “Niococir, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor producido el 16 de octubre de 2010, y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa demandada a abonar al actor en concepto de indemnización la cantidad de 987,26 euros y por salarios de tramitación la cantidad de 4.437,98 euros.

Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en caso de insolvencia provisional de la demandada.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Niococir, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.224/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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