Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
24-03-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110324-270

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 2

EDICTO

270
Cantidad 1.217 de 2008

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.217 de 2008, a instancias de la parte actora, don Francisco Sánchez Rodríguez, contra don José Manuel Montes Fuentes, “Eralán, Sociedad Anónima”, y “Mapfre”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 29 de octubre de 2010 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que en la demanda interpuesta por don Francisco Sánchez Rodríguez, contra don José Manuel Montes Fuentes, “Eralán, Sociedad Anónima”, y “Mafre Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, se producen los siguientes pronunciamientos:

1. Se declara el derecho del actor ha percibir la indemnización de daños y perjuicios de 66.415,10 euros por los daños y perjuicios sufridos por el accidente de trabajo acaecido el 17 de noviembre de 2006, así como a la suma de 3.736,99 euros de intereses legales de dicha suma, lo que hace un total de 70.152,09 euros, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración.

2. De la cantidad antes referida, se condena solidariamente a don José Manuel Montes Fuentes y “Eralán, Sociedad Anónima”, a abonar al actor la suma de 3.566,25 euros, y a “Mapfre Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima” (por su relación de aseguramiento), a abonar al actor la suma de 66.585,84 euros.

Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Eralán, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 2 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.185/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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