Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110323-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Demanda 1.798 de 2009

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.798 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Carrasco López, doña María Isabel Crespo Rubio, don Antonio Corrales Torrado, doña María del Carmen Esteban Álvarez, doña Carmen Ascensión Carrasco López y doña Mónica Melero Moreno, contra la empresa “Externalización de Servicios de Back Ofice, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 18 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando las demandas acumuladas formuladas por los actores, frente a la empresa “Externalización de Servicios de Back Ofice, Sociedad Limitada”, condeno a la citada empresa a abonar a los demandantes, por los conceptos de sus demandas, las siguientes cantidades:

Para doña Ana Isabel Carrasco López: 3.666,79 euros, así como 366,68 euros más por interés legal por mora.

Para don Antonio Corrales Torrado: 3.307,54 euros, así como 330,75 euros más por interés legal por mora.

Para doña María Isabel Crespo Rubio: 3.542,78 euros, así como 354,28 euros más por interés legal por mora.

Para doña María del Carmen Esteban Álvarez: 3.648,46 euros, más 364,85 euros por interés legal por mora.

Para doña Carmen Ascensión Carrasco López: 3.666,79 euros, así como 366,68 euros más por interés legal por mora.

Para doña Mónica Melero Moreno: 3.319,98 euros, así como 332 euros más por interés legal por mora.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida y que, en su caso, habría de dirimirse en ulterior proceso que pudiera suscitarse entre ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Externalización de Servicios de Back Ofice, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.018/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110323-145