Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
22-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110322-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 84

EDICTO

111
Procedimiento ordinario 1.153 de 2008

En el presente procedimiento ordinario número 1.153 de 2008, seguido a instancias de doña Julia Ortigosa Labrado, frente a don José Luis Sinovas Uribe, doña María del Sagrario Campillo Alonso, doña Ana Belén Ortigosa Campillo, don David Ortigosa Campillo, y doña María Jesús Moreno-Manzanero García-Mascaraque, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 203 de 2010

En Madrid, a 24 de septiembre de 2010.—Vistos por el señor don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de esta localidad, los autos de juicio declarativo ordinario número 1.153 de 2008, seguidos a instancias de doña Julia Ortigosa Labrado, representada por el procurador don Alberto Alfaro Matos y defendido por el abogado don José Antonio Bustillo Villanueva, contra doña María del Sagrario Campillo Alonso, doña Ana Belén Ortigosa Campillo y don David Ortigosa Campillo, representados todos ellos por la procuradora doña María Jesús García Letrado y asistidos por la letrada doña Marina Sánchez Jeán; contra doña María Jesús Moreno-Manzanero García- Mascaraque, como representante de la menor Yanira Ortigosa Moreno-Manzanero, en rebeldía en las presentes actuaciones, y contra don José Luis Sinovas Uribe, representado por la procuradora doña Raquel Ales López y defendido por el abogado don Carlos Bedmar León, sobre elevación a escritura pública de contrato privado.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Julia Ortigosa Labrado, contra don José Luis Sinovas Uribe, debo condenar y condeno al citado demandado a elevar a escritura pública el contrato de compraventa de fecha 27 de abril de 1984 sobre la mitad indivisa de la vivienda descrita en el hecho primero de esta resolución a favor de la citada demandante, como legítima heredera de doña Julia Labrado Torrejón, de tal manera que si el citado demandado no cumpliera con tal obligación en el plazo de veinte días desde al firmeza de esta sentencia, se procederá a dictar, a instancias de la demandante, el auto a que se refiere el artículo 708 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que servirá de título para la inscripción del derecho de dominio de los actores sobre la parte de finca adquirida que consta ya inscrita en el Registro de la Propiedad, ello sin hacer expresa imposición de costas, y desestimando íntegramente la demanda interpuesta contra los demandados doña María del Sagrario Campillo Alonso, doña Ana Belén Ortigosa Campillo, don David Ortigosa Campillo y doña María Jesús Moreno-Manzanero García-Mascaraque, como representante de la menor Yanira Ortigosa Moreno-Manzanero, en rebeldía en las presentes actuaciones, debo declarar y declaro no haber lugar a condenar a los referidos demandados a otorgar la mencionada escritura pública de venta, ello con expresa imposición a la actora de las costas causadas a los indicados demandados.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias. Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

De conformidad con lo previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, después de la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, con carácter previo a la preparación de recurso de apelación, contra las resoluciones dictadas por este Tribunal, deberá constituirse depósito, mediante ingreso en la cuenta de depósito y consignaciones de este Juzgado número 2980-0000-02-1153-09 de “Banesto”, indicando el concepto del mismo, en la cantidad de 50 euros.

Así lo pronuncia, manda y firma don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid.

Y encontrándose la demandada doña María Jesús Moreno-Manzanero García-Mascaraque en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 2 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.868/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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