Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
22-03-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110322-262

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

262
Demanda 808 de 2010-MO

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 808 de 2010-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Marcos Escobedo Muñoz, don Emilio Martínez Espino, don Daniel Casarrubios Martín, don Eugenio Martín Alconada, don Rafael Atanet Muñoz, don Rafael Romero Godoy y doña María de las Nieves Cavia Muñoz, contra la empresa “José Naranjo e Hijos, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia número 4 de 2011, de fecha 17 de enero de 2011 siguiente:

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por don Víctor Marcos Escobedo Muñoz, don Emilio Martínez Espino, don Daniel Casarrubios Martín, don Eugenio Martín Alconada, don Rafael Atanet Muñoz, don Rafael Romero Godoy y doña María de las Nieves Cavia Muñoz, contra “José Naranjo e Hijos, Sociedad Limitada”, y el administrador concursal (don Luis Javier de Lucas Nieto), condenando a la mercantil demandada a abonar a:

A don Víctor Marcos Escobedo Muñoz: 10.022,67 euros.

A don Emilio Martínez Espino: 34.227,47 euros.

A don Daniel Casarrubios Martín: 24.529,78 euros.

A don Eugenio Martín Alconada: 31.897,12 euros.

A don Rafael Atanet Muñoz: 38.189,66 euros.

A don Rafael Romero Godoy: 15.139 euros.

A doña María de las Nieves Cavia Muñoz: 28.172,26 euros.

Debo absolver y absuelvo al administrador concursal don Luis Javier de Lucas Nieto.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “José Naranjo e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 18 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.806/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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