Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110318-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Demanda 1.547 de 2010-E

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.547 de 2010-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ariza Zaryahi, contra la empresa “Castellanos del Arco Resta, Sociedad Limitada Laboral”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

La secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 14 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Ariza Zaryahi, frente a “Castellanos del Arco Resta, Sociedad Limitada Laboral”, en materia de reclamación de cantidad.

2. Se acuerda citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 1 de febrero de 2012, a las once horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes, ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada, a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que, en caso de incomparecencia, se la podrá tener por confesa.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio de la demandante asistida de letrada.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandada, que, conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si la demandante pretendiese comparecer en el juicio asistida de abogado o representada por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Se indicará también a las partes que, en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos, deberán pedirlo en el plazo de diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Castellanos del Arco Resta, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 25 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.453/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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