Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110318-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

EDICTO

127
Juicio de faltas 149 de 2010

Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria en sustitución del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 149 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y fallo dice:

En Leganés, a 23 de septiembre de 2010.—Vistos por doña Blanca Grand Delgado, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 8 de esta localidad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 149 de 2010, sobre lesiones, habiendo sido partes: don Jesús Núñez Gregorio y don José Antonio Sobreviela Pereira, en calidad de denunciantes-denunciados; doña María Mercedes Palacios Mohedano, en calidad de denunciante, y el ministerio fiscal, en representación de la acción pública.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo libremente a don Jesús Núñez Gregorio y a don José Antonio Sobreviela Pereira de la falta que dio origen a estas actuaciones.

Se declaran de oficio las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jesús Núñez Gregorio, en calidad de denunciante-denunciado, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 19 de enero de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/7.579/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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