Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110317-237

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

237
Ejecución 200 de 2010

Doña María Dolores Gomez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución números 200 de 2010 y 254 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pamela Judith Gorostiaga Muñoz y don Francisco Javier Abad Carrera, contra la empresa “Recursos Comerciales Avanzados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 24 de septiembre de 2010, así como decreto de fecha 28 de octubre de 2010, cuyas parte dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Francisco Javier Abad Carrera, contra “Recursos Comerciales Avanzados, Sociedad Limitada”, por un importe de 3.854,02 euros de principal, más 578,10 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Dispongo:

a) Trabar embargo sobre los bienes y derechos de la titularidad de la demandada.

b) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803/0000/64/0618/10, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Así lo acuerdo y firmo.

Parte dispositiva:

Acumular la presente ejecución número 254 de 2010 a la ejecución número 200 de 2010, frente a la común deudora “Recursos Comerciales Avanzados, Sociedad Limitada” (número este último con el que se tramitarán en adelante), siguiéndose por un principal total de 6.198,21 euros, más 929,73 euros presupuestados inicialmente para intereses y costas.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Recursos Comerciales Avanzados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.

En Madrid, a 14 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.132/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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