Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110317-201

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

201
Demanda 1.110 de 2009

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.110 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Ernesto Calderón Jave y don Luis Miguel León Ostos, contra la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 565 de 2010

En Madrid, a 3 de noviembre de 2010.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos número 1.110 de 2009 sobre ordinario, seguidos a instancias de don Luis Ernesto Calderón Jave y don Luis Miguel León Ostos, contra la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima” (en situación de concurso), y contra los administradores concursales don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González y la entidad “Abelló Linde, Sociedad Anónima”, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Luis Ernesto Calderón Jave y don Luis Miguel León Ostos, contra la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima” (en situación de concurso), y contra los administradores concursales don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González y la entidad “Abelló Linde, Sociedad Anónima”, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo declarar y declaro que la relación que une a los actores con la empresa “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, es de naturaleza laboral, fijos de plantilla, con una antigüedad para don Luis Ernesto Calderón Jave de fecha 8 de abril de 2006 y un salario de 3.205,33 euros y para don Luis Miguel León Ostos una antigüedad de fecha 28 de septiembre de 2008 y un salario de 3.459,50 euros, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Clínica Universal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.031/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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