Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110315-41

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Planeamiento Urbanístico

Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana

Departamento de Renovación Urbana

41
Modificación puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, para la integración de la R-3

Rectificación de errores

Advertido error en el anuncio publicado el 14 de enero de 2011 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 11 (número de inserción o signatura 03/48.751/10), relativo a la aprobación por silencio administrativo positivo de la Modificación Puntual no sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 (PGOUM) para la integración del tramo de la R-3 comprendido entre su enlace con la carretera de Ajalvir a Vicálvaro y el suelo de uso ferroviario de Vicálvaro, en el ámbito de ordenación Suelo Urbanizable no Programado 4.03 “Nueva Centralidad del Este”. Distritos de San Blas y Vicálvaro (expediente 711/2009/13049), se procede a su corrección.

Como continuación de la página 369 de la mencionada inserción, deben figurar los siguientes gráficos:

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Superficie del ámbito: 5.110.044 m2.

Usos incompatibles:

Parámetros de referencia de la actuación:

— A fijar por el PAU.

— Iniciativa pública.

Objetivos:

— Establecimiento de una operación estructurante, de centralidad y remate del continuo urbano del Este, que conecte el ámbito subregional del Corredor del Henares y las áreas industriales del Sur, completando la ordenación integral del transporte en el Arco Sureste de la Región. La operación potenciará el desarrollo del arco Sureste de la región metropolitana.

— Aprovechar la oportunidad creada por la operación para facilitar asimismo la accesibilidad de los elementos perimetrales con el distribuidor metropolitano M-40.

— Creación de cuatro áreas diferentes que configuren la ordenación global. Estas áreas serán la zona deportiva, el centro de transportes, el parque tecnológico, el polígono residencial y el parque metropolitano.

— La zona deportiva, a situarse al Norte de la vía de Arcentales, complementará y potenciará el área de Canillejas hasta alcanzar un conjunto apto para acontecimientos de alta competición.

— Creación de una estructura lineal, paralela a la estación de clasificación de Vicálvaro, de actividades de carácter logístico y centro de transportes. Esta área estará apoyada en la vía de mercancías que relacione los elementos industriales del Sureste madrileño hasta alcanzar el Centro de Transportes de Coslada, CITI-PAL y remate en la zona de Barajas.

— El parque tecnológico, al situarse en el centro de la operación, servirá de unión, en ambos sentidos, entre la vivienda y el trabajo y entre el área deportiva y el parque metropolitano.

— Configuración de un parque metropolitano, situado en el Norte de Vicálvaro, que continúe y potencie la cuña existente a lo largo del eje O’Donnell, desde la M-30. Este parque se relaciona con los parques urbanos de Vicálvaro y con la estructura de parques interna de la actuación, hasta alcanzar el complejo deportivo situado al Norte de la ordenación.

— Implantación de un polígono residencial que contenga sus propios equipamientos, a situarse en el borde de la M-40, apoyándose en ella y como reflejo de la ordenación de la zona oriental de Las Rosas. Este polígono servirá de complemento residencial a las actividades deportivas y educacionales.

— Articulación de un polígono residencial que contenga sus propios equipamientos, a situarse en el borde Este de la M-40, apoyándose en ella y como reflejo de la ordenación de la zona oriental de Las Rosas. Este polígono servirá de complemento residencial a las actividades deportivas y educacionales.

— Articulación de un esquema viario de relación con los elementos perimetrales de Barajas, Coslada y Vicálvaro.

— Se deberá contemplar el tratamiento armónico de los pasillos de las redes eléctricas, de forma que se integren en la ordenación global.

— La ordenación, en su integridad, deberá contemplar y considerar las limitaciones establecidas por las servidumbres aeronáuticas del sistema aeroportuario de Barajas.

— Coordinación de la ordenación con las determinaciones de planeamiento del término municipal de Coslada.

— Dada las especiales características de este ámbito de ordenación, no se considera adecuado establecer unos parámetros de referencia. El PAU fijará una propuesta razonada y justificada del límite máximo de los aprovechamientos permisibles.

— El PAU analizará la posibilidad de compatibilizar con los objetivos del mismo las instalaciones de suministro de combustible para vehículos existentes en su ámbito y amparados con licencia.

— Reserva de infraestructura viaria según artículo 3.3.14 de las Normas Urbanísticas.

— El suelo calificado para viviendas sujetas a algún régimen de protección pública será, como mínimo, de un 50 por 100 del suelo de calificación residencial.

— En cumplimiento del apartado primero C).f).3 del Acuerdo de Aprobación Definitiva del Plan General de 17 de abril de 1997, con carácter previo a la aprobación del Programa de Actuación urbanística se deberá celebrar un convenio urbanístico entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid en el que se establecerán los parámetros urbanísticos y las bases de desarrollo.

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Leyenda:

1. Zona deportiva-Reserva Olímpica.

2. Centro de transportes o logístico.

3. Parque tecnológico.

4. Polígono residencial.

5. Parque metropolitano.

6. Avenida del Este-prolongación del eje O’Donnell.

7. Vía de mercancías.

8. Enlace viario con Reserva Olímpica Oeste.

9. Enlaces viarios con avenida del Este.

10. Enlace viario con áreas Norte.

11. Carril bici a lo largo de la avenida de O’Donnell.

12. La ordenación del sector integrará aquellos elementos de interés geomorfológico, así como las Vías Pecuarias con destino al esparcimiento de la población.

Madrid, a 15 de febrero de 2011.—El Director General de Planeamiento Urbanístico, Joaquín Mañoso Valderrama.

(03/9.186/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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