Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110315-229

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

229
Procedimiento ordinario 461 de 2010

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 461 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Espada Yerbes, don Iván Moyano López, y don Salvador Lorenzo Pintos, contra la empresa “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 14 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Admitir la demanda presentada.

Señalar para el día 18 de marzo de 2011, a las doce y quince horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y a las doce y veinte horas para la celebración, en su caso, del acto de juicio.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio podrá la secretaria judicial, en el primer caso, y el magistrado-juez, en el segundo, tener a los actores por desistidos de su demanda, y si se tratase de la demandada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía. Y en cuanto a los otrosíes que se piden:

Primer otrosí: se tiene por hecha la manifestación.

Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y, en su caso, el magistrado-juez admitirla en el acto de juicio (artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes.

Y una vez verificado, notifíquese a las partes.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Athena Educational Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presenet para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 24 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.657/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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