Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110315-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

116
Juicio de faltas 1.361 de 2010

Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.361 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Madrid, a 30 de agosto de 2010.—La ilustrísima señora doña María Josefa Bustos Manjón, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, habiendo visto los autos de juicio de faltas tramitados con el número 1.361 de 2010, sobre presunta falta de hurto, con la intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados, “Alcampo”, doña María Mirela Antón y doña Adriana Liliana Manole, en calidad de denunciadas.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña María Mirela Antón y doña Adriana Liliana Manole, como autoras de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 6 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, debiendo dejarse sin efecto el depósito constituido sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Adriana Liliana Manole y a doña María Mirela Antón, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 4 de febrero de 2011.—El secretario (firmado).

(03/6.857/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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