Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
07-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110307-123

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

123
Demanda 1.718 de 2010

Doña Rosario Rodríguez Sánchez, secretaria judicial sustituta del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.718 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco García González y don Juan Bueno Prieto, contra las empresas “Faseven, Sociedad Limitada”, “Tales Instalaciones y Montajes Eléctricos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 22 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo preventivo de bienes de la demandada “Tales Instalaciones y Montajes Eléctricos, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad de 69.431,15 euros de principal, más 13.886,23 euros que provisionalmente se calculan como intereses y costas.

Se acuerda la traba de los bienes propiedad de la empresa “Tales Instalaciones y Montajes Eléctricos, Sociedad Limitada”.

A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Se acuerda la traba de los pagos por certificaciones de obra que se encuentran pendientes de efectuar por la constructora “Dragados, Sociedad Anónima”, por la obra del Colegio “Nuestra Señora del Recuerdo” de Madrid, a la demandada “Tales Instalaciones y Montajes Eléctricos, Sociedad Limitada”, suficiente para cubrir la cantidad principal de 69.431,15 euros de intereses y 13.886,23 euros de costas de forma provisional, sin perjuicio de su ulterior liquidación. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que se faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la demandada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la empresa “Bis Baño, Sociedad Anónima”, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2502, sito en la calle Orense, número 19

No ha lugar a la prueba, interesada en el escrito de demanda en el segundo otrosí, respecto del embargo preventivo solicitado.

Se acuerda notificar esta resolución a los solicitantes y posponer la de la ejecutada hasta la efectividad de la traba de los bienes objeto de embargo (artículo 54.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Faseven, Sociedad Limitada”, y “Tales Instalaciones y Montajes Eléctricos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.515/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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