Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
07-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110307-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Demanda 1.033 de 2009

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.033 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Gallego Romero, contra la empresa “Madrid Andamios y Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 419 de 2010

En Madrid, a 4 de octubre de 2010.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez de Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguidos a instancias de don Ángel Gallego Romero, asistido del letrado don Jesús Martín Bautista, colegiado número 66.124, contra “Madrid Andamios y Estructuras, Sociedad Limitada”, que no comparece no obstante estar citada en forma.

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Ángel Gallego Romero, contra la empresa “Madrid Andamios y Estructuras, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad total de 4.869,79 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, salvo la cantidad de 940,79 euros al tratarse de un concepto indemnizatorio y no salarial.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Madrid Andamios y Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.633/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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