Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110304-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

183
Ejecución 19 de 2011-M

Doña María Elena López Arregui, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Martha Galván Sánchez, contra la empresa “Rac París, Sociedad Limitada”, sobre rescisión de contrato por voluntad del trabajador, se ha dictado en fecha 2 de febrero de 2011 auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 2 de noviembre de 2010 a favor de la parte ejecutante, doña Martha Galván Sánchez, frente a “Rac París, Sociedad Limitada”, parte ejecutada por importe de 5.408,55 euros de principal, más otros 540,85 euros de intereses provisionales y 540,85 euros de costas provisionales.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rac París, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.053/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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