Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2011

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110304-255

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE LEGANÉS NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

255
Divorcio contencioso 35 de 2009

Don Carlos Sanz García, secretario del Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Leganés.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 35 de 2009 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Don Jorge Moreno González, magistrado-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Leganés, habiendo visto y examinado los presentes autos de guarda, custodia y alimentos número 35 de 2009, instado por doña Modesta Mba Meha, representada por la procuradora señora García Montero, y bajo la dirección técnica de la letrada señora Alonso Moreno, contra don Juan Junior Adedoja Sautoho, en situación de rebeldía procesal, siendo parte el ministerio fiscal.

Estimando en parte la demanda interpuesta a instancias de doña Modesta Mba Meha, representada por la procuradora señora García Montero y bajo la dirección técnica de la letrada señora Alonso Moreno, contra don Juan Junior Adedoja Sautoho, en situación de rebeldía procesal, siendo parte el ministerio fiscal, se atribuye a doña Modesta Mba Meha la guarda y custodia del hijo menor que tienen en común, Raven, siendo compartida la patria potestad, atribuyendo a doña Modesta Mba Meha el uso y disfrute de la vivienda sita en calle Monegros, número 9, piso sexto D, Leganés, estableciendo un régimen de visitas consistente en el primer y tercer sábado de cada mes desde las diecisiete y hasta las veinte horas, realizándose las visitas en el punto de encuentro de Getafe y bajo la supervisión y en presencia de los profesionales del referido centro, librando el correspondiente oficio, prohibiendo al padre sacar al menor de la Comunidad de Madrid, salvo que cuente con autorización judicial, librando el correspondiente oficio a la Policía Nacional, imponiendo a don Juan Junior Adedoja Sautoho el abono, y en concepto de pensión alimenticia para el hijo, de una cantidad de 350 euros mensuales, que se ingresarán en la cuenta designada al efecto 2038-2432-62-3001909806 y pagadera desde la interposición de la demanda, cantidad revalorizable anualmente conforme las variaciones que pueda sufrir el IPC, abonando sendas partes y por mitad los gastos extraordinarios del menor, y sin expresa imposición de las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que podrán interponer, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que será resuelto, en su caso, por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de que dimana, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Junior Adedoja Sautoho, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Leganés, a 24 de enero de 2011.—El secretario (firmado).

(03/5.246/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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