Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110303-139

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

139
Demanda 1.021 de 2008

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.021 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Díaz Serrano, contra la empresa “Sociedad Mercantil Estatal Televisión Española, Sociedad Anónima”, “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”, “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, ministerio fiscal, “Co de Servicios, Sociedad Anónima”, “BPA Brooadcasting Productions Associated, Sociedad Limitada”, “Eurocasting Servicios TV, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 20 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de julio de 2010.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 13 de abril de 2010, se reciben en este Juzgado de lo social los presentes autos, devueltos por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid, junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza, de lo que pasaré a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Providencia

Magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 20 de julio de 2010.

Se acusa recibo de los autos remitidos por el Tribunal Superior de Justicia con testimonio de la resolución dictada por la Sala y conforme lo dispuesto por el Tribunal Superior, se acuerda poner en conocimiento de las partes la llegada de los autos y una vez firme la resolución, póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 11.826,21 euros en concepto de condena, quedando los autos en la mesa de la señora secretaria judicial, para que expida mandamiento de pago por dicha suma, quedando a su disposición en la Secretaría del Juzgado en horario de nueve a catorce horas una vez sea firme la presente resolución, previa confirmación telefónica al 914 935 387.

Se condena al recurrente a la pérdida del depósito efectuado para recurrir, consignándoselo al Tesoro Público.

Seguidamente archívese.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que para la admisión a trámite deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con número 2518/0000/30/1021/08, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Creek Bay Promociones, Sociedad Limitada”,, y “Bay Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.989/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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