Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2011

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110302-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIBATEJADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Impuesto vehículos tracción mecánica 2011

En la Secretaría de este Ayuntamiento se encuentra expuesto al público el padrón del siguiente impuesto correspondiente al ejercicio 2011:

— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

Los interesados podrán interponer reclamaciones durante el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

El cobro en período voluntario se efectuará en las Oficinas de Recaudación Municipal o en las entidades bancarias colaboradoras durante los días comprendidos entre el 7 de marzo al 9 de mayo de 2011, ambos inclusive.

La cobranza se realizará en las dependencias municipales el día 4 de abril de 2011, en horas de diez a trece, pudiendo realizar, igualmente, el pago en las Oficinas de Recaudación Municipal, sitas en calle Téllez, número 18, en horas de nueve a trece, excepto el día de cobro en el propio Ayuntamiento.

Igualmente, se podrá realizar el pago mediante la notificación que reciba en el domicilio, realizando el ingreso en cualquiera de los bancos que se indiquen.

Transcurrido dicho plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo, interés de demora y, en su caso, las costas que procedan.

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la legislación vigente.

En Ribatejada, a 2 de febrero de 2011.—El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul.

(02/1.288/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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