Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110302-131

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

131
Ejecución 149 de 2009-M

Doña Elena López Arregui, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 149 de 2009-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Huerta Seoane, contra las empresas “Studios Lorbar, Sociedad Limitada”, “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada”, y “Grupo Esmón, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto de embargo de inmueble, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Local comercial número 2: interior de planta baja, del inmueble sito en Madrid, calle Emilio Carrere, número 5; acceso por el vestíbulo del portal. Linda: por su frente, con vestíbulo del portal, con cuarto de basuras, con hueco de ascensor y con rampa del estacionamiento; por la derecha, con muro a la casa número 7 de la misma calle; por la izquierda, con hueco de escalera y con salida al patio del testero de la casa, y al fondo, con dicho patio del testero de la casa, al que tiene luces.

Cuenta con ventilación y salida de humos hacia la cubierta del edificio.

En su interior este local tiene un nivel más elevado hacia la derecha del mismo.

Superficie de 123,75 metros cuadrados aproximadamente.

Cuota: participación en el total valor de la finca, elementos comunes y gastos de 2,056 por 100.

Referencia catastral: 9959304VK3796H0003JK.

Finca registral número 88.076 del Registro de la Propiedad número 5 de Madrid, folio 4, tomo 1.986.

Como propiedad de “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada” (cédula de identificación fiscal número B-81729626), para responder de la cantidad de 55.214,25 euros de principal, más 5.521,42 euros y 5.521,42 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de doña Laura Huerta Seoane, contra “Studios Lorbar, Sociedad Limitada”, “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada”, “Grupo Esmón, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número cuenta 2519, seguido del número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.

Así por este decreto lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Studios Lorbar, Sociedad Limitada”, “Milenio Finanzas, Sociedad Limitada”, y “Grupo Esmón, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.859/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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