Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2011

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110301-54

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

OFERTAS DE EMPLEO

54
Bases convocatoria una plaza de ingeniero técnico obras públicas

BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de ingeniero técnico de Obras Públicas de la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de El Molar, escala administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A2, nivel de complemento de destino 25, complemento específico anual de 11.662,84 euros, por el procedimiento de concurso-oposición, mediante turno libre ajustándose a lo establecido en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y a las normas establecidas en la presente convocatoria.

Estarán incluidos entre los cometidos y funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: direcciones de obras y de seguridad y salud, presupuestos, informes técnicos, firma de actas de replanteo de obras, de recepción de obras/urbanización y en general de cualquier documento que según la legislación vigente deba de intervenir un ingeniero técnico de Obras Públicas.

2. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a este procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, antes del día en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo:

a) Ser español o poseer la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del título académico de ingeniero técnico de Obras Públicas, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de las instancias.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Instancias

Las instancias, solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda con relación a la fecha de terminación del plazo de presentación, se dirigirán al ilustrísimo señor alcalde-presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, junto al recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen.

Las instancias podrán presentarse igualmente por correo administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Los derechos de examen, que se fijan en 50 euros, deberán ingresarse en la siguiente cuenta bancaria a nombre del Ayuntamiento de El Molar:

— “Caja Madrid”, 2038 2227 41 6000000151.

En el momento de realizar el ingreso, además de indicar el nombre del aspirante, se añadirá: “participación en las pruebas de selección de ingeniero técnico de Obras Públicas”.

4. Admisión

Expirado el plazo de presentación de instancias, la presidencia de la Corporación, en el plazo máximo de quince días, aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, en su caso, con mención expresa al motivo de la exclusión, exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose a los aspirantes excluidos un plazo de diez días a efectos de reclamaciones.

Transcurrido el plazo de reclamaciones, el alcalde, adoptará nueva resolución con la lista definitiva de admitidos y excluidos. La misma resolución, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contendrá asimismo la composición nominal del tribunal calificador con sus titulares y suplentes, además del lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

El tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

— Presidente: funcionario del Ayuntamiento de El Molar.

— Vocales (3): Un técnico de la Comunidad de .Madrid y dos ingenieros técnicos de Obras Públicas.

— Secretario: un funcionario del Ayuntamiento de El Molar, con voz pero sin voto.

6. Procedimiento selectivo

6.1. Oposición:

— Primer ejercicio: consistirá en desarrollar por escrito en un tiempo de una hora y media, un tema extraído al azar del temario incluido en el anexo I de las presentes bases.

— Segundo ejercicio: será de tipo práctico y en él deberán desarrollarse uno o varios supuestos prácticos referidos a aspectos relacionados con la profesión de ingeniero técnico Obras Públicas en un tiempo de dos horas.

6.2. Concurso:

6.2.1. Experiencia: se puntuará el trabajo prestado por los aspirantes como ingeniero técnico de Obras Públicas en las Administraciones Públicas, tanto mediante relación laboral como funcionarial. Se puntuará a razón de 0,08 puntos por mes trabajado (solo se computarán meses enteros a tiempo completo) con un máximo de puntuación por este apartado de 3 puntos.

6.2.2. Direccción de obra: se puntuará el trabajo prestado por los aspirantes como ingeniero técnico de Obras Públicas en las Administraciones Públicas, tanto mediante relación laboral como funcionarial, cuando se acredite por el oportuno certificado que ha ejercido de director técnico de diversas obras públicas que se deberán de especificar. se puntuará a razón de de 0,05 puntos por obra dirigida con un máximo de puntuación por este apartado de 1,50 puntos.

6.2.3. Cursos: se puntuará los cursos realizados sobre materias relacionadas con la carrera de ingeniero técnico de Obras Públicas, con el siguiente baremo:

— De 20 a 29 horas por curso, 0.05 puntos.

— De 30 a 39 horas por curso, 0,075 puntos

— De 40 a 49 horas por curso, 0,10 puntos.

— De 50 o más horas, 0,125 puntos.

La puntuación máxima por este apartado será de 0,50 puntos.

La puntuación máxima de la fase del concurso será de 5 puntos.

Calificación.—Los dos ejercicios de la oposición tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos cada uno, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno para superarlos.

La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido en consecuencia del procedimiento selectivo.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio.

Calificación definitiva y orden de colocación de los aspirantes.—La calificación definitiva de los aspirantes se hallará por la suma de las puntuaciones alcanzadas en los dos ejercicios de la oposición y de la fase del concurso.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación.

7. Lista de aprobados y propuesta del tribunal calificador

Terminada la calificación de los aspirantes, el tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el aspirante aprobado, elevando a la Alcaldía la correspondiente propuesta de nombramiento, en la cual podrán incluirse un numero mayor de candidatos que las plazas a cubrir.

8. Presentación de documentos

El aspirante propuesto presentará en el Registro del Ayuntamiento de El Molar los siguientes documentos acreditativos de posee las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Fotocopia autentificada u original del título académico exigido en la base de la convocatoria.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función a desempeñar.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

El plazo de presentación de los documentos será de veinet días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara los documentos señalados anteriormente, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.

9. Nombramiento y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el alcalde, de acuerdo con la propuesta del tribunal, procederá a nombrar a los funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Quienes sin causa justificada no tomen posesión en el plazo señalado, quedarán en la situación de cesantes, con pérdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido. Dicho nombramiento será publicado en el tablón de anuncios municipal.

10. Normas de aplicación

Para lo no previsto en estas bases serán de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

ANEXO

Materias comunes

1. La Constitución española. Antecedentes. Estructura. Principios que informan la Constitución de 1978.

2. Las Cortes Generales. La Corona y el Rey.

3. El Gobierno. El Poder judicial.

4. Las Comunidades Autónomas. La Comunidad de Madrid: origen y características. Instituciones: la Asamblea. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia. Competencias de la Comunidad de Madrid

5. La Administración Pública y las funciones y poderes del Estado. Concepto de derecho administrativo. Actividad administrativa de derecho privado. Las fuentes del derecho administrativo.

6. El Régimen Local español. Evolución histórica. Situación actual y entidades que comprende. El municipio. Elementos. Órganos de gobierno. Ayuntamiento Pleno. Alcalde. Junta de Gobierno Local. Otros órganos.

7. El Procedimiento Administrativo. Fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

8. Función Pública Local. Derechos y deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario: las faltas. Incompatibilidades.

9. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

10. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los bienes de dominio público.

11. El Servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Materias específicas

12. Ley de Carreteras del Estado. Ley y Reglamento de carreteras de la Comunidad de Madrid.

13. El Urbanismo. Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

14. Proyectos de Urbanización, naturaleza. Documentos integrantes . Procedimiento de aprobación.

15. Obras e instalaciones en los espacios libres municipales de dominio y uso público. Calas y canalizaciones: programación. Ejecución de zanjas: sostenimiento y agotamiento. Galerías de servicio. Pasos de carruajes. Supresión de barreras arquitectónicas.

16. Uso y conservación de espacios libres, vías públicas y privadas. Utilización de espacios privados. Conservación privada y pública.

17. Señalización y balizamiento de las obras que se realicen en la vía pública. Características. Señalización nocturna. Ocupación de las vías públicas para la realización de las obras. Seguridad vial.

18. Aprovechamiento de la vía pública y espacios abiertos. Normas que lo regulan. La venta en la vía pública. Terrazas y quioscos. Mobiliario urbano. Aprovechamiento de suelo, subsuelo y vuelo. Autorizaciones y licencias.

19. Protección del medio ambiente. Retirada de residuos sólidos.Vertidos de tierras y escombros. Uso de las zonas verdes: protección del entorno.

20. Organización y funcionamiento de los servicios de conservación de pavimentos, bocas de riego y mobiliario urbano.

21. Organización y funcionamiento de los servicios de conservación de zonas verdes y limpieza viaria.

22. Organización y funcionamiento de los servicios de conservación de alcantarillado.

23. Organización y funcionamiento de los servicios de control de calidad en las obras municipales.

24. Redacción de proyectos de obras. Documentos de que constan. Descripción del contenido. Fases de una obra desde su licitación hasta su liquidación definitiva.

25. Redacciones valoradas de obra. Certificaciones. Modificaciones de obra. Revisión de precios. Fórmulas e índices. Rescisión y resolución del contrato.

26. El contrato de obras en la Ley de Contratos del Sector Público. Actuaciones preparatorias. Adjudicación del contrato. Ejecución del contrato. Cumplimiento.

27. Revisión técnica de un proyecto general de urbanización de iniciativa privada.

28. Tramitación de licencias y control urbanístico. Caducidad y suspensión. Control de ejecución e inspección.

29. Seguridad e higiene en el trabajo. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

30. Estudio básico de seguridad y salud. Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. La figura del coordinador.

31. Pavimentos urbanos. Tipos. Pavimentaciones especiales. Pavimentaciones en zonas de interés histórico-artístico.

32. Control de calidad. Tipos de laboratorios. Ensayos de hormigón. Ensayos de suelos. Ensayo Proctor y Ensayo Proctor modificado. Ensayo de Los Angeles.

33. Mezclas bituminosas, betunes y emulsiones. Control de calidad. Áridas, filler. Dosificación de mezclas bituminosas.

34. Conservación preventiva de pavimentos. Reciclado de firmes, refuerzo y rehabilitación. Métodos de auscultación.

35. Redes de saneamiento municipales. Criterios generales de diseño. Materiales. Cálculo de redes de saneamiento. Vertidos de aguas residuales.

36. Cálculo de grandes colectores.

37. Ley 10/1993 de 26 de octubre, sobre vertidos líquidos industriales al sistema integral de aguas.

38. Riego de parques y jardines con agua reciclada. Características del agua a utilizar. Red de distribución, equipos y elementos que la conforman. Elementos para el riego. Baldeo y limpieza de calles con agua reciclada.

39. Depuración de aguas residuales. Sistemas. Tratamientos terciarios de depuración de aguas.

40. Condiciones técnicas para la creación y reforma de zonas verdes. Condiciones aplicables a la recepción de planta, mejoras de suelos y labores iniciales.

41. Vertederos de basuras. Tratamiento y reciclaje de los residuos urbanos. Compostaje. Incineradoras.

42. Datos básicos para la redacción de proyectos de tráfico. Aforos.

43. Señalización horizontal urbana: normas. Tipos de materiales utilizados: ventajas e inconvenientes. Señalización vertical urbana: normas.

44. Recomendaciones para los proyectos de la red viaria urbana.

45. Regulación del flujo de tráfico. Métodos. Regulación intermitente. Glorietas. Rotondas. Pasos a distinto nivel.

46. Señalización semafórica. Sistemas de semáforos.

47. Regulación centralizada del tráfico. Vías especiales de circulación.

48. Simulación del flujo de vehículos. Sistemas de señalización de itinerarios recomendados.

49. Transporte urbano. Características principales de cada uno de ellos. Ventajas e inconvenientes.

50. Aparcamientos: tipología, ubicación y diseño. Aparcamientos disuasorios. Aparcamientos de residentes.

51. Ley 8/1993 de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas. Reglamento Técnico de desarrollo en materia de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

52. La expropiación forzosa. Las expropiaciones urbanísticas.

53. Las ordenes de ejecución según el reglamento de Disciplina Urbanística.

54. Suelo urbano. Suelo urbanizable. Suelo no urbanizable.

55. El Suelo. Movimiento de Tierras.

56. La conservación de los servicios municipales de limpieza urbana y residuos sólidos.

57. Cimentaciones. Procedimientos de construcción de encofrados.

58. Diseño de redes viarias. Intersecciones. Glorietas. Enlaces.

59. La Ley de aguas. La Administración pública del agua.

60. Captación de agua. Conducciones en carga. Canales.

61. Evaluación de Impacto Ambiental. Disciplina ambiental.

Contra el acto administrativo que aprueba las presentes bases y convocatoria se podrá recurrir en vía administrativa mediante la interposición, de forma potestativa, de recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses siguientes a la publicación de las presentes bases.

El Molar a 2 de febrero de 2011.—El alcalde, Emilio de Frutos.

(02/1.300/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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