Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110301-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

106
Juicio de faltas 685 de 2009

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 685 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 685 de 2009, sobre lesiones, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciantes-denunciados, los policías nacionales números 105.237, 112.552, 104.590 y 105.590, y don Khadim Seye, don Magueye Diagne y Abdooulaye Conte, como denunciante, al ser menor de edad en la fecha de autos, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Khadim Seye y a don Magueye Diagne, como autores responsables de una falta contra el orden público, a la pena de multa de diez días, con cuotas diarias de 5 euros para cada uno de ellos.

Que debo condenar y condeno a don Khadim Seye, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 5 euros, y a que indemnice al agente de la Policía Nacional con carné profesional número 112.552 en la cantidad de 90 euros por días de lesión.

Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, bien de forma voluntaria, bien por vía de apremio.

Que debo absolver y absuelvo a los agentes de la Policía Nacional con carnés profesionales números 105.590, 104.590, 105.237 y 112.552 de las faltas de lesiones, vejaciones e injurias por las que fueron acusados por la acusación particular.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.—Rubricado ilegible.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Magueye Diagne, expido la presente en Madrid, a 28 de enero de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/4.723/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110301-106