Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
28-02-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110228-62

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

62
Delimitación y delegaciones ordenanza convivencia ciudadana

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 8 de febrero de 2011, adoptó, entre otros, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, el siguiente acuerdo:

“Propuesta de la Alcaldía-Presidencia del siguiente tenor:

Habiendo sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 250, del 19 de octubre de 2010, el texto de la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares, aprobada definitivamente por el Pleno de esta Corporación el 21 de septiembre de 2010.

Entendiendo conveniente para los intereses públicos locales delimitar y concretar los aspectos incluidos en las delegaciones de las diferentes Concejalías implicadas en la materia; todo ello, sin perjuicio de las delegaciones de atribuciones conferidas por acuerdos anteriores de la Junta de Gobierno Local durante el presente mandato, en particular, la delegación conferida por acuerdo de 26 octubre de 2010 en relación a la autorización municipal para la ocupación por diversos actos de la vía u otro espacio público de titularidad municipal (espacios públicos municipales) y la competencia sancionadora al respecto.

Por medio de la presente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; 64 del Reglamento Orgánico Municipal, y 55 de la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares, vengo a formular a la Junta de Gobierno Local la siguiente propuesta:

La aprobación de la siguiente instrucción, relativa a la delimitación y concreción de los aspectos incluidos en las delegaciones de las diferentes Concejalías implicadas en la aplicación de la ordenanza municipal, para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares:

Primero.—La delegación a favor de don Juan Jesús Domínguez Picazo, como responsable de la Concejalía-Delegada de Medio Ambiente, Consumo y Aguas, comprende los siguientes aspectos incluidos en la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares:

— Degradación visual del entorno urbano.

— Necesidades fisiológicas.

— Comercio ambulante no autorizado.

— Actitudes vandálicas en el uso del mobiliario urbano y deterioro del espacio urbano.

— Deyecciones de perros y otros animales en la vía pública.

— Uso de los espacios naturales y zonas verdes.

— Otros usos impropios relativos a zonas verdes públicas y animales.

Segundo.—La delegación a favor de doña Marta Viñuelas Prado, como responsable de la Concejalía-Delegada de Desarrollo Económico, Empleo, Formación, Recursos Humanos, Comercio y Turismo, comprende los siguientes aspectos incluidos en la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares:

— Actividades y prestación de servicios no autorizados.

Tercero.—La delegación a favor de don Francisco Javier Fernández Abad, como responsable de la Concejalía-Delegada de Obras y Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, comprende los siguientes aspectos incluidos en la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares:

— Atentados contra la dignidad de las personas.

— Apuestas.

— Ocupación del espacio público por conductas que adoptan formas de mendicidad.

— Utilización del espacio público para prácticas sexuales y ofrecimiento y demanda de servicios sexuales.

— Contaminación acústica.

— Uso inadecuado del espacio público para juegos.

— Otros usos impropios, salvo los relativos a zonas verdes públicas y animales.

Queda incluida en cada uno de los aspectos referidos la delegación del otorgamiento de cuantas autorizaciones municipales al respecto contempla la ordenanza municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Alcalá de Henares, así como la incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores al respecto, salvo cuando la infracción cometida tenga la consideración de muy grave, en cuyo, caso la resolución corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la propuesta presentada.

Del presente acuerdo deberá darse traslado a los interesados, así como dar cuenta al Pleno Municipal a los efectos oportunos y proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Lo que se hace público a los efectos del artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Alcalá de Henares, a 8 de febrero de 2011.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(03/5.455/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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